El 4 de diciembre de 2017 finalizaba el plazo para que los edificios de viviendas eliminasen las barreras arquitectónicas que limitan a personas discapacitadas y mayores de 70 años. Las comunidades de propietarios debían sustituir las escaleras del portal por rampas, salvaescaleras, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que facilitasen la movilidad por las zonas comunes, así como la entrada y salida del edificio. A eso les obliga el Real Decreto Legislativo de 2013 por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que habla de hacer «ajustes razonables».
La realidad es que sigue habiendo gente que no puede salir de su piso porque no se han adaptado las instalaciones del edificio y por lo tanto porque no se ha cumplido la ley. Se estima que en España, el 77% de los edificios no han eliminado las barreras arquitectónicas.
Por el lado contrario tenemos que el número de personas con discapacidad va en aumento. Algunos de ellos viven en una cárcel, bien por desconocimiento, bien por dejadez de la propia comunidad de vecinos. Muchas veces por falta de medios económicos.
Sanciones
Las sanciones van desde 301 hasta un millón de euros. La accesibilidad Universal establece cual es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que las barreras del entorno afectan no sólo a las personas con discapacidad sino también al conjunto de la población, pero hay tres grandes colectivos de beneficiarios:
- Las personas que tienen discapacidades permanentes derivadas de deficiencias físicas, sensoriales, mentales, etc.
- Las personas de edad avanzada no discapacitadas (70 años o más).
- Las personas que tienen circunstancias transitorias derivadas de actividades o situaciones coyunturales que resultan discapacitantes, es decir, personas con muletas, escayoladas….
Es decir, cualquier persona discapacitada (sorda, ciega, en silla de ruedas,…), permanentemente o temporalmente, o cualquier persona de mas de 70 años, puede denunciar y exigir a nuestra comunidad de vecinos o al propietario de un negocio que su edificio o negocio sea Accesible Universalmente a partir del 4 de diciembre de 2017.
¿Que puedes hacer si eres una persona discapacitada o mayor de 70 años y tu edificio no es Accesible Universalmente?
A partir del 4 de diciembre de 2017, exigir a tu comunidad de vecinos que adapten el edificio para que sea Accesible, es decir:
- Quitar el escalón del portal que te cuesta tanto subir
- Modificar la altura de los buzones, del interfono …para que no te cueste coger las cartas, o llamar a casa.
- Eliminar las 6 escaleras que están antes de acceder al ascensor.
- Instalar ascensor para que puedas llegar a casa
- Colocar barandilla en la escalera para ayudarte a subir las escaleras
- … y todo aquello que haga de tu edificio Accesible Universalmente
¿Y que puede hacer tu comunidad de vecinos o tú como propietario de un negocio?
- Verificar si vuestro edificio o negocio cumple con la Normativa sobre Accesibilidad Universal
- Si vuestro edificio o negocio es accesible Universalmente, bastara con que tengáis el Informe de Accesibilidad firmado por técnico competente que demuestra que sois Accesibles Universalmente.
- Si vuestro edificio o negocio no es Accesible Universalmente, comprobar si las modificaciones que tenéis que realizar entran en los ajustes razonables, técnicos y económicos.
- Si técnica y económicamente es viable las modificaciones u obras, tenéis obligatoriamente que hacer las modificaciones necesarias para ser Accesibles.
- Si técnica o económicamente las modificaciones no entran dentro de los ajustes razonables, deberéis tener un Informe de Accesibilidad firmado por técnico competente que así lo acredite para evitar denuncias o multas.