Todos en algún momento de la vida podemos tener limitaciones de movilidad. Es por este motivo, que un entorno diseñado para que cualquier persona pueda moverse libremente representa un beneficio para toda la sociedad, haciendonos más iguales en derechos y oportunidades al dar más autonomía para poder llevar a cabo una vida social y laboral más activa.
La accesibilidad universal es hablar de un conjunto de características que hacen que un entorno, sea apto para el mayor número de personas posibles en condiciones de confort, seguridad e igualdad. La accesibilidad universal implica que todas las personas, especialmente aquellas que tienen algún tipo de limitación o discapacidad, deben poder acceder a los edificios de forma autónoma y segura. Además de la llegada y la entrada desde el exterior, también se deberá contemplar el desplazamiento por todos los espacios interiores y la evacuación segura en caso de emergencia.
Sin embargo, según estudios recientes sobre la accesibilidad de las viviendas en España, solamente un 0,6 % de los 9,8 millones de edificios de viviendas en España, cumple con los criterios de accesibilidad universal.
¿Cómo podemos saber si un edificio es accesible?
Para saber si un edificio es accesible, existen diferentes criterios que ayudan a determinar la accesibilidad de un edificio.ç
- La llegada al edificio y la entrada desde el exterior, debe estar exenta de escalones y, en caso de existir, deben superarse con una plataforma salvaescaleras o rampa acondicionada.
- El portero automático debe ser fácil de usar, accesible en silla de ruedas y preferiblemente video-portero.
- La puerta de entrada debe ser de apertura fácil, ligera y lo suficientemente ancha para pasar en silla de ruedas. Debe mantenerse abierta para permitir el paso y cerrarse lentamente.
- El ascensor debe estar al mismo nivel que la entrada o ser accesible con rampa, elevadores de corto recorrido, igual que el garaje y a las zonas comunes.
Las principales carencias que se observan en los edificios son:
- Los edificios presentan escalones para acceder a la entrada.
- Una gran mayoría disponen de portero automáticos, pero solo 1 de cada 3 es video-portero.
- No disponen de una puerta accesible.
- Muy pocos edificios disponen de un ascensor que cumpla con todos los elementos de accesibilidad (botones, señales acústicas, puertas automáticas,…).
- Los garajes de las viviendas no son accesibles en su mayoría.
Estas carencias hacen evidentes las desigualdades en derechos y oportunidades de quien padece alguna limitación de movilidad o discapacidad.
¿Como podemos mejorar la accesibilidad de un edificio?
Las personas con alguna minusvalía o disminución permanente para andar, subir escaleras o salvar barreras arquitectónicas, así como las personas mayores de 70 años, tienen derecho a promover y llevar a cabo las actuaciones necesarias para poder acceder a los edificios de los que son usuarios habituales. La Ley 15/1995 de límites al dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad regula este derecho.
Si la persona interesada lo solicita, la Comunidad de Propietarios debe ejecutar y costear las obras necesarias para suprimir las barreras arquitectónicas existentes, siempre que el importe repercutido anualmente (descontando las ayudas públicas o subvenciones) no exceda 12 mensualidades ordinarias de los gastos comunes.